CONSEJO DE ESCUELA¹
La Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara establece que:
“Los Consejos de Escuela serán los órganos principales de gobierno de estas dependencias y se integrarán por: “
I. El Director de la Escuela, como Presidente;
II. El Secretario de la Escuela, como Secretario de Actas y Acuerdos;
III. Seis representantes académicos de la Escuela, y
IV. Tres alumnos de la Escuela
Atribuciones de los Consejos de Escuela. Ley Orgánica, artículo 81
Integrantes del Consejo de Escuela:
- Integrante 1
- Integrante 2
- Integrante 3
- Integrante 4
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1 Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara artículo 80